Si compraste en nuestra tienda y te arrepentiste, podés cancelar la compra dentro de los 10 días corridos desde que recibiste la mercadería (o desde que la compraste, si todavía no te llegó), sin dar ningún motivo y sin ningún costo. No hace falta que tengas cuenta ni que te registres.
Cómo pedirlo
Elegí la forma que te resulte más cómoda:
1. Con el formulario de la tienda. Entrá al botón de arrepentimiento —también está en la barra de abajo de todas las páginas, al lado de "Defensa de las y los consumidores"—. Completá tu nombre, tu mail y tu teléfono, y en Mensaje escribí el número de pedido (está en el mail de confirmación de compra) y la palabra "Arrepentimiento". Listo: dentro de las 24 horas te mandamos por mail el código que identifica tu trámite.
2. Por mail. Escribí a [email protected] con el asunto "Arrepentimiento" e incluí:
- Número de pedido
- Nombre y apellido de quien compró
- Mail y teléfono de contacto
- Motivo (opcional; no hace falta que lo digas)
3. Por WhatsApp, al +54 9 11 2174-4713, con los mismos datos.
Qué pasa después
- Dentro de las 24 horas te confirmamos por mail el código de identificación de arrepentimiento y te avisamos cómo sigue.
- Si el pedido todavía no salió, lo cancelamos y te devolvemos la plata.
- Si ya lo recibiste, coordinamos el retiro de las chapas donde esté la mercadería. El flete de la devolución lo paga Das Dach. Vos no tenés que pagar ni adelantar nada.
- Te reintegramos el total de lo que pagaste, incluido el envío, por el mismo medio de pago, dentro de los 10 días hábiles desde que recibimos la mercadería (o desde tu solicitud, si no se había entregado). Si pagaste con tarjeta, el banco puede tardar algunos días más en mostrarlo en tu resumen.
Una aclaración
- No hace falta que la chapa esté sin abrir ni en el embalaje original. Si ya no se puede devolver por una causa que dependió de vos (por ejemplo, porque la cortaste o la instalaste), la ley prevé que del reintegro se descuente el valor de mercado que tenía en ese momento, nunca más que el precio que pagaste.
Si tenés cualquier duda sobre el trámite, escribinos. Este derecho está previsto en el art. 34 de la Ley 24.240, en los arts. 1110 a 1116 del Código Civil y Comercial y en la Resolución 424/2020 de la Secretaría de Comercio Interior.